Pérdida de derecho al debido proceso
Menoscabo del Debido Proceso: Se refiere a la restricción o anulación de la prerrogativa fundamental que tiene todo individuo a ser tratado de manera justa, eficiente y efectiva por las estructuras de la administración de justicia
ENTIDAD
3 - Otro
INTENCIÓN
3 - Otro
TIEMPO
3 - Otro
ID del riesgo
mit845
Linea de dominio
6. Socioeconómico y Ambiental
6.0 > Socioeconómico y Ambiental
Estrategia de mitigacion
1. Prioridad 1: Establecimiento de un Sistema de Supervisión Humana. Se debe asegurar la intervención efectiva de profesionales competentes e imparciales en las fases cruciales de cualquier procedimiento que pueda derivar en la restricción o anulación de derechos, con especial atención a la revisión de decisiones automatizadas, para preservar la garantía de un tribunal o autoridad justa e independiente. 2. Prioridad 2: Implementación de Transparencia y Trazabilidad Plenas. Garantizar la explicabilidad (explainability) y el acceso a la información sobre los criterios y fundamentos de las decisiones (incluyendo aquellas asistidas por IA), manteniendo un registro auditable que permita al afectado y a las instancias de control reconstruir el proceso de toma de decisiones. 3. Prioridad 3: Refuerzo del Derecho de Defensa y Acceso a la Protección Judicial. Consolidar las prerrogativas de defensa, contradicción y presentación de pruebas, y asegurar la existencia de vías de recurso judicial o administrativo sencillas y efectivas que permitan la revisión oportuna de cualquier acto que vulnere el debido proceso.